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Galan de Mora Abogados

Valoración: 0.0/5 (0 reseñas en Google) · Especialidad principal: Laboral · Ubicación: Carrer de Galvani, Palma de Mallorca (Illes Balears) · +15 años de experiencia

Galan de Mora Abogados: despacho de laboral en Mallorca. 0.0/5 estrellas, 0 reseñas Google verificadas. Palma.

Sobre Galan de Mora Abogados

Especialidad Derecho Laboral — también Civil, Mercantil, Penal, Familia, Inmobiliario
Dirección Carrer de Galvani, Palma de Mallorca (Illes Balears)
Teléfono 971 578 306
Web oficial www.galandemora.es
Colegiación ICAIB — Il·lustre Col·legi d’Advocats de les Illes Balears

Servicios de Laboral en Mallorca

Por qué elegir a Galan de Mora Abogados

Cómo es el proceso con un abogado laboralista como Galan de Mora Abogados

  1. Consulta inicial: exposición del problema laboral (despido, sanción, impago, accidente) y revisión de la documentación disponible (contrato, nóminas, carta de despido).
  2. Análisis del caso: valoración de plazos de caducidad y de la viabilidad de la reclamación ante la jurisdicción social.
  3. Intento de conciliación: presentación de la papeleta de conciliación previa (SMAC) cuando la ley lo exige, antes de acudir a juicio.
  4. Procedimiento judicial: presentación de la demanda y representación en el acto de juicio ante el Juzgado de lo Social.
  5. Resolución: obtención de la sentencia y, en su caso, tramitación de la ejecución o del recurso correspondiente.

Preguntas frecuentes sobre Derecho Laboral en Mallorca

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido improcedente?

El plazo general para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde su comunicación, por lo que conviene consultar con un abogado laboralista cuanto antes.

¿Qué es la papeleta de conciliación y es obligatoria?

Es un trámite previo ante el SMAC (o equivalente autonómico) para intentar un acuerdo antes de demandar; en la mayoría de reclamaciones laborales es un requisito obligatorio antes de acudir al Juzgado de lo Social.

¿Puedo reclamar si mi empresa no me paga el salario?

Sí, el impago de salario puede reclamarse por la vía laboral, incluyendo el interés por mora y, en casos graves, valorando la extinción indemnizada del contrato por incumplimiento empresarial.

¿Qué diferencia hay entre despido procedente, improcedente y nulo?

El procedente se ajusta a derecho; el improcedente no está suficientemente justificado y da derecho a indemnización o readmisión; el nulo vulnera derechos fundamentales y obliga a la readmisión con abono de salarios dejados de percibir.

Otros abogados de Derecho Laboral en Mallorca

Web oficial: www.galandemora.es

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