Regularización Extraordinaria de Extranjeros 2026 en Mallorca: Requisitos y Cómo Solicitarla
El Gobierno de España ha aprobado un proceso extraordinario de regularización migratoria que permite a personas extranjeras en situación administrativa irregular obtener una autorización de residencia y trabajo. El Real Decreto 316/2026, de 14 de abril, fue publicado en el BOE el 15 de abril de 2026 y ha abierto un plazo que cierra el 30 de junio de 2026. En Mallorca, miles de personas pueden beneficiarse de esta medida.
Técnicamente no es una nueva ley de inmigración sino una modificación del Reglamento de Extranjería (Real Decreto 1155/2024), a través de la Disposición Adicional Vigésimo Primera. La autorización obtenida da derecho a residir y trabajar en cualquier sector y lugar de España durante un año, renovable.
📋 Regularización extraordinaria 2026: lo esencial
- Base legal: Real Decreto 316/2026, BOE 15 de abril de 2026
- Plazo de solicitud: del 16 de abril al 30 de junio de 2026
- Vía telemática: desde el 16 de abril (plataforma MERCURIO)
- Vía presencial: desde el 20 de abril (Correos, Seguridad Social, Extranjería)
- Permiso concedido: 1 año (adultos) / 5 años (menores en solicitud familiar)
- Derecho a trabajar: en cualquier sector y lugar de España
Quién puede solicitar la regularización extraordinaria
El Real Decreto establece dos perfiles de beneficiarios:
- Personas en situación irregular: deben encontrarse en España antes del 1 de enero de 2026 y acreditar permanencia ininterrumpida de al menos 5 meses en el momento de la solicitud.
- Solicitantes de protección internacional: haber presentado solicitud de asilo en España antes del 1 de enero de 2026. Si se concede la regularización, deben desistir formalmente de la solicitud de asilo.
⚠️ Plazo improrrogable: el Real Decreto 316/2026 establece el 30 de junio de 2026 como fecha límite sin previsión de prórroga. No dejes la solicitud para el último momento: la saturación de las oficinas en las últimas semanas puede generar retrasos.
| Requisito | Detalle |
|---|---|
| Presencia en España | Antes del 1 de enero de 2026 |
| Permanencia mínima | 5 meses ininterrumpidos en el momento de la solicitud |
| Antecedentes penales | Sin antecedentes en España ni en países de residencia últimos 5 años |
| Amenaza para el orden público | No debe suponer riesgo para la seguridad o salud pública |
¿Cuánto tiempo es válida la autorización obtenida?
La autorización concedida a adultos es válida por un año. Para menores incluidos en una solicitud familiar, el permiso tiene una duración de cinco años.
¿Puedo trabajar mientras espero la resolución en Mallorca?
La autorización para trabajar se obtiene con la resolución favorable. Durante la tramitación conviene consultar con un abogado de extranjería, ya que el proceso puede incluir solicitudes de autorización provisional.
¿Qué pasa si me deniegan la solicitud?
Puedes presentar recurso de alzada ante la Delegación del Gobierno en Baleares en el plazo de un mes desde la notificación, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados. Un abogado de extranjería en Mallorca puede orientarte sobre las posibilidades de éxito.
✅ Consejo clave: Si cumples los requisitos, actúa antes del 30 de junio sin demora. Recaba toda la documentación que acredite tu presencia continuada (empadronamiento histórico, facturas a tu nombre, informes escolares de hijos, contratos). Cuanta más documentación aporte, más sólida será tu solicitud.