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GENERAL ⏱ 7 min de lectura

Permiso por Fallecimiento de un Familiar: ¿Se Amplía a 10 Días en 2026?

En octubre de 2025 el Ministerio de Trabajo anunció su intención de ampliar considerablemente el permiso retribuido por fallecimiento de un familiar, hasta un máximo de 10 días según el grado de parentesco. En 2026 este anuncio sigue generando dudas sobre qué días se pueden pedir realmente hoy. Aclaramos la situación.

Lo que dice la ley vigente ahora mismo

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores reconoce actualmente 2 días naturales de permiso retribuido por fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros, cuñados). Ese permiso se amplía a 4 días cuando el trabajador necesita desplazarse a otra localidad para el sepelio o los trámites. Muchos convenios colectivos mejoran estos mínimos legales, por lo que conviene revisar siempre el convenio aplicable a tu empresa.

Qué propone el Gobierno para ampliarlo a 10 días

La propuesta anunciada por la ministra de Trabajo plantea una ampliación escalonada según el grado de parentesco, hasta un máximo de 10 días, junto con un nuevo permiso retribuido específico para el acompañamiento en cuidados paliativos de un familiar. El Gobierno ha planteado tramitarlo mediante decreto-ley, sin pasar previamente por la mesa de diálogo social habitual, lo que ha generado cierta controversia sindical y empresarial sobre el procedimiento.

Importante: a día de hoy esta ampliación sigue en fase de anuncio y anteproyecto, sin publicación confirmada en el Boletín Oficial del Estado. Mientras no se publique la norma definitiva, los permisos vigentes son los 2 y 4 días actuales (o los que mejore tu convenio colectivo).

Cómo saber si tu convenio ya te da más días

Antes de asumir que solo tienes derecho a 2 días, revisa el convenio colectivo de tu sector o empresa: muchos convenios en hostelería, banca, sanidad o administración pública ya reconocen 3, 4 o incluso 5 días por fallecimiento de familiares de primer grado, con independencia de la reforma estatal pendiente.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir ya 10 días por fallecimiento de un familiar?

No, salvo que tu convenio colectivo lo reconozca expresamente. La ampliación estatal a 10 días todavía no está aprobada ni publicada en el BOE.

¿Qué parientes dan derecho al permiso actual?

Cónyuge o pareja de hecho, y parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad: padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros y cuñados.

Si tu empresa no te reconoce el permiso que te corresponde según la ley o tu convenio, un abogado laboralista en Mallorca puede ayudarte a reclamarlo.